Alojamientos turísticos

Elina

4/2/2026

Nuevo modelo informativo para alquileres de corta duración: guía completa 2026

El alquiler vacacional y temporal en España entra en una nueva etapa marcada por un mayor nivel de control administrativo. A finales de año 2026, el Gobierno aprobó una nueva obligación informativa anual que cambia la forma en la que se comunican los datos de los alquileres de corta duración a la Administración.

Esta medida se apoya en dos nuevas herramientas clave: el Registro Único de Arrendamientos y la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, creadas para centralizar la información de este tipo de alquileres y facilitar su supervisión. A partir de ahora, la actividad deberá quedar registrada de forma sistemática, incluso cuando se trate de alquileres puntuales.

Si eres propietario, gestor o gestionas accesos y estancias en viviendas turísticas, este cambio te afecta directamente.

Qué es el nuevo modelo informativo de arrendamientos de corta duración

El nuevo modelo informativo es una declaración anual obligatoria mediante la cual se comunica a la Administración información detallada sobre los alquileres de corta duración realizados durante un ejercicio.

No introduce un nuevo impuesto, pero sí exige informar de manera estructurada sobre la actividad: datos del inmueble, titularidad, periodos de ocupación, número de registro y otros elementos que permiten identificar cómo y cuándo se ha alquilado una vivienda.

Este modelo se integra dentro del nuevo ecosistema digital de control del alquiler temporal en España.

¿Cuál es el objetivo del nuevo modelo informativo?

El principal objetivo es mejorar el control y la trazabilidad del alquiler de corta duración, un segmento que ha crecido rápidamente en los últimos años.

Con esta medida, la Administración busca:

  • Tener una visión real del volumen de alquileres temporales
  • Reducir la economía sumergida y el fraude
  • Verificar que los alojamientos cuentan con registro válido
  • Unificar la información procedente de distintos actores
  • Facilitar la coordinación entre administraciones

En la práctica, supone un paso más hacia la profesionalización del sector.

¿A qué alquileres afecta esta nueva obligación?

El modelo informativo se aplica a los arrendamientos de corta duración, es decir, aquellos que no constituyen la residencia habitual del inquilino.

Incluye:

  • Alquileres turísticos
  • Alquileres temporales por trabajo, estudios o tratamientos médicos
  • Estancias de pocos días o semanas
  • Viviendas anunciadas o gestionadas a través de plataformas digitales

Quedan fuera los contratos de alquiler de vivienda habitual de larga duración.

¿Quién está obligado a presentar el modelo informativo?

La obligación puede recaer sobre distintos sujetos, dependiendo de cómo se gestione el alquiler:

  • Propietarios que alquilan directamente
  • Empresas que gestionan viviendas de terceros
  • Intermediarios que participan activamente en la comercialización

Es fundamental identificar correctamente quién debe presentar la información para evitar errores o duplicidades.

¿Qué información se debe incluir en el modelo informativo?

Aunque el formato definitivo puede concretarse mediante desarrollo normativo, la información exigida gira en torno a:

  • Identificación del titular del inmueble
  • Datos que permitan localizar la vivienda
  • Número de registro del alojamiento
  • Fechas de inicio y fin de cada estancia
  • Importes percibidos
  • Información básica de los ocupantes

La exactitud y coherencia de estos datos será clave para evitar requerimientos posteriores.

¿Cuándo hay que presentar el modelo informativo?

Periodicidad

La declaración tiene carácter anual y recoge toda la actividad del ejercicio correspondiente.

Plazo

La presentación deberá realizarse en los primeros meses del año siguiente, dentro del plazo que marque la normativa aplicable.

¿Dónde y cómo se presenta?

El modelo se presenta por vía electrónica, a través de los sistemas habilitados por la Administración.

Para ello es necesario:

  • Identificación digital válida
  • Acceso a la información completa de las estancias
  • Datos bien organizados y coherentes

Una gestión desordenada de reservas y accesos puede complicar este proceso.

¿Qué pasa si usas mal el número de registro?

El uso incorrecto del número de registro —ya sea porque no corresponde al inmueble, está caducado o es inexistente— puede tener consecuencias relevantes:

  • Requerimientos administrativos
  • Posibles sanciones económicas
  • Incidencias con plataformas
  • Problemas con la administración autonómica

Por eso, mantener el registro correctamente vinculado a cada vivienda es fundamental.

Cómo puede ayudarte la tecnología a cumplir con esta obligación

La nueva obligación informativa pone de manifiesto un problema habitual: la falta de control sobre quién entra, cuándo y durante cuánto tiempo en una vivienda.

Soluciones como las de Raixer, que permiten gestionar accesos digitales, programar entradas y salidas y mantener un registro claro de las estancias, facilitan enormemente:

  • El control real de ocupaciones
  • La coherencia entre reservas y accesos
  • La trazabilidad de las estancias
  • La organización de la información necesaria para cumplir con la normativa

En un entorno cada vez más regulado, contar con sistemas digitales ya no es solo una cuestión de comodidad, sino de cumplimiento.

Preguntas frecuentes sobre el nuevo modelo informativo

¿Es obligatorio aunque solo alquile unos días al año?

Sí. No existe un umbral mínimo de días. Si ha habido alquiler de corta duración, existe obligación informativa.

¿Se presenta si no he tenido reservas?

Si no ha habido actividad durante el ejercicio, en principio no sería necesario, aunque conviene revisar cada caso concreto.

¿Afecta a todo el territorio español?

Sí. La obligación informativa es de ámbito estatal, aunque convive con normativas autonómicas.

¿Cuándo entra en vigor?

La medida ya ha sido aprobada y afecta al ejercicio que determine la normativa aplicable.

¿Cuál es la fecha límite para presentar el modelo?

El plazo exacto se establece cada año, normalmente en los primeros meses del año siguiente.

¿Tengo que conservar documentación sobre los alquileres?

Sí. Es recomendable conservar contratos, justificantes de cobro y registros de ocupación durante varios años.

Conclusión: un paso más hacia un alquiler vacacional más regulado

El nuevo modelo informativo confirma una tendencia clara: el alquiler de corta duración avanza hacia un marco más controlado, digital y transparente.

Para propietarios y gestores, adaptarse a este nuevo escenario implica mejorar la forma en la que se gestionan las estancias, los accesos y la información. Apostar por soluciones digitales no solo facilita el día a día, sino que se convierte en una herramienta clave para cumplir con las nuevas exigencias normativas sin fricciones.